
Contenidos del artículo
- Baliza V16 obligatoria: la respuesta corta
- Qué vehículos deben llevarla y de dónde sale la obligación
- Cómo saber si su baliza V16 está homologada
- Qué hace y qué no hace la baliza
- Cómo usarla si se queda parado o tiene un accidente
- La multa: lo que dice la ley y lo que no
- Accidente con un coche parado sin señalizar: seguro e indemnización
- Qué hacer hoy con su baliza
Baliza V16 obligatoria: la respuesta corta
Arcén de la M-40, de noche, un coche parado con las luces de emergencia puestas. Detrás, otro vehículo que no frena a tiempo. Semanas después, la pregunta que llega al despacho es siempre la misma: «el otro conductor dice que yo no llevaba la baliza, ¿pierdo algo?». Antes de contestar conviene aclarar qué obliga hoy a llevar, porque en los últimos meses la prensa ha mezclado fechas, multas y rumores.
Desde el 1 de enero de 2026, el único dispositivo legal para señalizar un vehículo inmovilizado es la baliza V16 conectada. Así lo dice la página de la DGT sobre los dispositivos V16, actualizada el 08/10/2026. Hasta esa fecha todavía podían usarse los triángulos y las V16 sin conexión que ya estaban certificadas, según la disposición transitoria primera del Real Decreto 159/2021 en la redacción que le dio el Real Decreto 1030/2022. Pasada esa fecha, ya no.
La obligación alcanza a turismos, vehículos mixtos, furgonetas y camiones, y autobuses. Las motocicletas no tienen que llevarla, aunque la DGT se la recomienda. Y para que sirva no vale cualquier modelo: debe figurar en la lista oficial de la DGT, algo que se comprueba en un minuto y que se explica más abajo.
Respecto al caso con el que abre este texto, la respuesta corta es esta: si usted estaba parado y otro vehículo le golpea, el seguro obligatorio del que embiste responde igualmente, salvo culpa exclusiva suya o fuerza mayor. Que no hubiera baliza no le deja, por sí solo, sin cobrar. Lo que sí puede ocurrir es que se discuta si su falta de señalización contribuyó al daño, y entonces la indemnización puede reducirse, con un tope del 75 % (artículo 1.2 de la ley del seguro de vehículos a motor). Las normas exactas, con su artículo, están en los apartados siguientes.
Qué vehículos deben llevarla y de dónde sale la obligación
La obligación no nace de una nota de prensa ni de una instrucción interna, sino del anexo XII del Reglamento General de Vehículos. Ese anexo fija la dotación mínima según el tipo de vehículo, y la V16 aparece en la letra a) del apartado 1. La letra se modificó con efectos del 1 de julio de 2021 por el Real Decreto 159/2021.
| Tipo de vehículo | Dotación obligatoria (anexo XII del Reglamento General de Vehículos) |
|---|---|
| Turismos, vehículos mixtos y mercancías de hasta 3.500 kg (salvo tres ruedas y cuatriciclos) | Baliza V-16, chaleco reflectante de alta visibilidad y rueda de repuesto, rueda de uso temporal o sistema alternativo |
| Autobuses, mixtos y mercancías de más de 3.500 kg, y conjuntos de vehículos no especiales | Baliza V-16, chaleco reflectante y equipo homologado de extinción de incendios |
| Motocicletas | Chaleco reflectante de alta visibilidad desde el 1 de octubre de 2026. Sin baliza obligatoria |
El chaleco para motoristas lo añadió el Real Decreto 518/2026, y por eso la fecha de octubre aparece también en la tabla. Es un dato que se confunde con facilidad: desde esa fecha el motorista debe llevar chaleco, pero la V16 sigue siendo solo una recomendación para él.
¿Y los triángulos?
Los triángulos de preseñalización dejaron de ser un sustituto válido el 1 de enero de 2026. La disposición transitoria primera permitía hasta esa fecha seguir usando los dispositivos anteriores y las V16 luminosas sin conectividad certificadas antes del Real Decreto 1030/2022. Una sentencia del Tribunal Supremo de 4 de octubre de 2022 anuló además el inciso «fabricadas con anterioridad a la aprobación de este real decreto» de esa disposición (BOE-A-2022-19680). La DGT lo resume sin rodeos: la normativa española solo reconoce la baliza V-16 conectada. Hay dos excepciones, ambas de la propia DGT: los vehículos matriculados en otros países que circulan en tráfico internacional pueden usar triángulos, y en el transporte internacional de mercancías peligrosas se admiten en territorio nacional.
¿Sigue siendo obligatoria? Lo que dicen el BOE y la DGT
Durante los últimos meses han circulado informaciones sobre su posible eliminación. A fecha de esta guía, el anexo XII del Reglamento General de Vehículos sigue exigiéndola y la DGT mantiene en su web que es el único dispositivo legal. Ninguna de esas informaciones se ha traducido en un cambio publicado en el BOE. Mientras no lo haga, la obligación está vigente.

Cómo saber si su baliza V16 está homologada
Una baliza puede venir en una caja que dice «conectada» y no estar certificada. Para salir de dudas hay cinco comprobaciones, ordenadas de la más útil a la más fina.
- Búsquela en la lista oficial. La DGT publica el listado «Marcas y modelos certificados» en su web (el propio anexo XI del Reglamento General de Vehículos remite a dgt.es/v16). A fecha de esta guía, 06/11/2026, incluía 312 certificados de dos laboratorios, IDIADA y LCOE, el último con fecha de 06/10/2026. Es una cifra que cambia, así que consulte siempre la lista vigente.
- Mire la tulipa. La norma exige que el laboratorio acreditado emita un certificado «indicando las marcas que la identifiquen en la tulipa». La DGT precisa que debe verse el nombre del laboratorio y el número de informe de ensayos.
- Compruebe la fecha de caducidad de la conectividad. Debe estar impresa en el envase y en el propio dispositivo (apartado 8). La conectividad tiene que estar garantizada al menos 12 años y su coste va incluido en el precio (apartado 5).
- No debe pedirle nada. Según la DGT, funciona sin app, sin registro y sin que usted dé datos personales.
- Desconfíe de las funciones añadidas. El apartado 9 del anexo XI prohíbe las funcionalidades adicionales.
La propia DGT responde con un «No» a la pregunta de si todos los V-16 que se anuncian como conectados lo están realmente. El anuncio no certifica nada: lo que cuenta es la lista y la marca de la tulipa.
Si su modelo ya no aparece
Junto a la lista principal, la DGT publica una tabla de «certificados con vigencia finalizada». A fecha de esta guía tenía 9 entradas. La DGT indica que esos modelos siguen siendo válidos para los conductores que ya los hayan adquirido hasta el fin de su vida útil. Es decir, que un modelo salga de la lista de certificados vigentes no convierte en ilegal la baliza que ya tiene en la guantera. Sí conviene comprobar, en ese caso, que la fecha de caducidad de la conectividad no ha pasado.
Qué hace y qué no hace la baliza
Se habla mucho de que la baliza «avisa» y poco de a quién avisa. La respuesta incómoda: a nadie que vaya a acudir en su auxilio. La DGT lo dice con claridad: no funciona como sistema de aviso a los servicios de emergencia, y si hay heridos o peligro hay que llamar al 112.
Lo que sí hace está en el apartado V-16 del anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Emite una luz amarilla auto, visible en 360° en horizontal y al menos ±8° en vertical, con una intensidad que se mantiene durante 30 minutos como mínimo. El destello va de 0,8 a 2 Hz. Debe tener al menos protección IP54, mantenerse estable frente a una presión dinámica de 180 Pa y funcionar entre −10 °C y 50 °C. Su pila o batería debe garantizar el uso al cabo de 18 meses. La DGT añade que se ve a un kilómetro en condiciones favorables.
La otra mitad es la conectividad. Al activarse y desactivarse, la baliza comunica ese hecho y su posición al punto de acceso nacional, y mientras está encendida envía la ubicación cada 100 segundos. Por eso puede aparecer el aviso en las plataformas de vehículo conectado.
Sobre los datos, la DGT dice que no geolocaliza de forma continua ni transmite datos personales o del vehículo. La nota informativa de la Agencia Española de Protección de Datos, alojada en la web de la DGT añade que la ubicación va con un identificador técnico no asociado a una persona ni a una matrícula. En un túnel sin cobertura la baliza almacena la información y la envía al recuperar la señal.
Un detalle de mantenimiento que la DGT recomienda: cambiar las pilas una vez al año o, si es de batería, cargarla al menos una vez al año. Una baliza que no enciende cuando hace falta es, a efectos prácticos, un trasto en la guantera. Y si lo que le ocurrió fue una avería sin colisión, vale la pena repasar la diferencia entre accidente e incidente de tráfico, porque cambia lo que debe hacer después.
Cómo usarla si se queda parado o tiene un accidente
Lo que establece la ley para un vehículo averiado o accidentado está en el artículo 130 del Reglamento General de Circulación, en la redacción vigente desde el 1 de julio de 2021. La secuencia depende de si el coche aún puede moverse.
Si puede seguir, debe abandonar los carriles hacia la primera salida por el arcén derecho, o detenerse en el arcén derecho o donde menos obstaculice (130.2). Si queda inmovilizado y no puede reemprender la marcha, los ocupantes deben salir del vehículo cuando exista un lugar seguro fuera de la plataforma, y hacerlo por el lado contrario al tráfico. Si no hay ese lugar, deben permanecer dentro con el cinturón abrochado (130.3).
A continuación se enciende la luz de emergencia y, cuando proceda, las luces de posición y gálibo, y todo conductor debe emplear el dispositivo de preseñalización reglamentario (130.4). Hoy, ese dispositivo es la V16. Se coloca en la parte más alta posible del vehículo. Si no llega al techo, la DGT indica que puede fijarse con el imán a la puerta del conductor. Otra norma que se olvida: el artículo 130.5 prohíbe rellenar el parte amistoso en la plataforma de circulación. Se rellena fuera de la calzada.
El chaleco reflectante tiene su propia regla. Según el artículo 118.4 del mismo reglamento, en su redacción con efectos desde el 1 de octubre de 2026, los conductores de motocicletas, turismos, autobuses, vehículos de mercancías, mixtos y conjuntos no agrícolas deben usarlo cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas. Por eso conviene tenerlo al alcance y no en el maletero.
El resto del protocolo, con atestado, parte amistoso y atención médica, está en nuestra guía sobre qué hacer justo después de un accidente. Aquí basta con retener lo esencial: primero seguridad, luego señalización, luego llamada al 112 si hay lesiones.

La multa: lo que dice la ley y lo que no
«¿Cuánto me multan?» es la pregunta más buscada y la peor contestada. En la prensa circulan cifras distintas, algunas incompatibles entre sí, y casi ninguna cita una norma. Esta guía no va a elegir una como la «oficial», porque no hay una publicada que la fije para la V16.
Lo que sí hay es un marco. La Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial no menciona la V16 por su nombre. En su artículo 75.c considera leves las conductas que incumplen la ley y no se califican expresamente como graves o muy graves. El artículo 76.o califica como grave circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que se califique como muy grave.
| Calificación | Multa (artículo 80.1) |
|---|---|
| Leve | Hasta 100 € |
| Grave | 200 € |
| Muy grave | 500 € |
Con pago voluntario en el acto o dentro de los veinte días naturales siguientes, el artículo 94 prevé una reducción del 50 %, con renuncia a formular alegaciones. Qué calificación y qué importe corresponden en cada caso lo determina cómo tipifique la denuncia el agente, dentro de esos límites.
Tampoco puede afirmarse nada firme sobre el famoso «periodo de gracia» que se anunció en enero de 2026: no hay norma publicada que lo establezca, y por eso esta guía no dice que exista ni que haya terminado.
Si recibe una denuncia relacionada con la baliza, lea en qué precepto se basa. Una denuncia que no cite con claridad el artículo aplicado, o que confunda un modelo certificado con uno que no lo es, puede merecer una alegación. El plazo y el cauce están en la propia denuncia y en la sede electrónica de la DGT (https://sede.dgt.gob.es).
Pagar con descuento es cómodo, pero supone renunciar a alegar. Conviene decidirlo con la denuncia delante, no por inercia.
Accidente con un coche parado sin señalizar: seguro e indemnización
Aquí está la parte que ningún comparador de balizas le cuenta. Hay dos escenas distintas, y la respuesta cambia según de qué lado esté usted.
Si usted es el que estaba parado y otro le golpea. El conductor que embiste responde por riesgo: según el artículo 1.1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, en daños a las personas solo se exonera por culpa exclusiva del perjudicado o por fuerza mayor ajena a la conducción. En daños en bienes responde conforme a los artículos 1.902 y siguientes del Código Civil. Si usted solo contribuyó a producir el daño, por ejemplo por no haber señalizado, el artículo 1.2 permite reducir las indemnizaciones hasta un máximo del 75 %. No existe una regla que diga cuánto se reduce por falta de baliza, y esta guía no va a inventar un porcentaje.
Si usted es el que embiste a un coche parado sin baliza. Su aseguradora paga a los perjudicados. El artículo 6 le impide oponerles otras exclusiones que las del artículo 5, y declara nula cualquier cláusula en contrario. Tampoco puede oponerles las que excluyan a quien incumpla obligaciones legales de orden técnico sobre el estado de seguridad del vehículo.
La repetición, es decir, que la aseguradora le reclame luego lo pagado, está limitada por el artículo 10. La letra a) solo la permite por dolo o por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, y la c) por causas de la Ley de Contrato de Seguro o, si el contrato lo prevé, por conducir sin permiso. La falta de V16 no está en esa lista. Si quiere ver los casos en que sí puede reclamarle, lea cuándo la aseguradora puede reclamarle lo pagado.
Sus propias lesiones como conductor causante y los daños de su coche no los cubre el seguro obligatorio (artículo 5.1 y 5.2). Dependen de la póliza voluntaria, y las cláusulas limitativas deben estar destacadas y aceptadas específicamente por escrito, según el artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro. Si el golpe fue de otro y usted no tuvo culpa, tiene a mano una guía sobre qué reclamar si no fue usted el culpable.
Qué hacer hoy con su baliza
Si tiene coche, la tarea es corta y se hace una sola vez. Estos son los pasos, por este orden.
- Compruebe el modelo en la lista de la DGT. Si no está en la lista principal, mire la tabla de certificados con vigencia finalizada.
- Mire la marca de la tulipa y la fecha de caducidad de la conectividad.
- Déjela en la guantera, accesible y cargada, tal como indica la DGT. Un dispositivo que hay que buscar bajo el maletero no sirve en un arcén.
- Revise las pilas o la batería una vez al año.
- Si cambia de coche, la misma baliza vale sin configurar nada, siempre que no circulen a la vez dos vehículos con ella: hace falta una por vehículo en marcha.
Dos aclaraciones de la DGT que evitan discusiones: en un coche de renting la obligación es del titular, salvo que se haya pactado otra cosa, y el concesionario no está obligado a suministrársela al comprar el vehículo. Si viaja al extranjero, la V16 es válida para vehículos españoles en países del Convenio de Viena de 1968, según la DGT.
En Madrid, donde tanta gente circula por la M-40 y la A-3 a diario, el arcén es un lugar poco amable. Tener la baliza lista y el chaleco a mano reduce el tiempo que usted pasa allí expuesto. Y si algo ocurre y duda sobre cómo afecta a su seguro o a su reclamación, en Carlos Parra Abogados, en Plaza Mariana Pineda 4, local D, 28038 Madrid (Puente de Vallecas), atendemos con cita previa por teléfono o WhatsApp en el +34 661 10 73 35, y también por consulta online.
La baliza V16 conectada es obligatoria desde el 1 de enero de 2026 para turismos, mixtos, mercancías y autobuses, y solo vale si figura en la lista de la DGT. Los triángulos ya no sirven, las motos no la necesitan y la baliza no llama al 112: eso lo tiene que hacer usted.
Si hay un accidente con un vehículo parado, por regla general la víctima cobra del seguro obligatorio y lo que se discute es el reparto de culpas, con un tope del 75 % en la reducción. Si dispone de la documentación y duda sobre su caso, lo más práctico es revisarla antes de firmar nada con la aseguradora.
Aviso legal: Este artículo ofrece información general sobre la baliza V16 y sus consecuencias para el seguro y la indemnización. No sustituye asesoramiento legal individualizado. Para su caso concreto, consulte con un abogado. Información verificada en el BOE y en la web de la DGT el 06/11/2026.

